Aprobado el proyecto de Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad, que transpone la Directiva europea CSRD
Entrará en vigor de forma escalonada, según la tipología de empresas, para que puedan adaptarse más fácilmente. inèdit ayuda a las empresas que lo necesiten a calcular sus indicadores, realizar estudios de doble materialidad, e identificar y completar los indicadores de los estándares «ESRS E1 Climate change» y «ESRS E5 Resource use and circular economy».
El Gobierno de España aprobó el 29 de octubre el proyecto de Ley de Información Empresarial sobre Sostenibilidad (LEIS, por sus siglas en castellano) para la divulgación de la contribución de las empresas en temas ambientales, sociales y de gobernanza. La Ley transpone a la legislación estatal la Directiva (UE) 2022/2464, del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la presentación de información sobre sostenibilidad por parte de las empresas (más conocida por sus siglas en inglés, CSRD), con el objetivo de mejorar el marco de presentación y verificación de la información sobre cuestiones ambientales, sociales y de gobernanza, y racionalizar las obligaciones de presentación de información corporativa para las empresas.
La entrada en vigor de la Ley será de forma escalonada para que las empresas puedan adaptarse más fácilmente a la nueva normativa europea. Se aplicará a todas las grandes empresas y grupos de empresas, así como a las pequeñas y medianas empresas cotizadas, pero no a las microempresas. Las pymes cotizadas contarán con ciertas facilidades: un contenido de información obligatoria más reducido, normas europeas específicas para presentar la información y un período adicional para prepararse para las nuevas exigencias.
El calendario de las nuevas obligaciones según la tipología de empresas es:
- – Empresas grandes: Cuando el activo supere los 25M€ y el importe neto de la cifra anual de negocios supere los 50M€.
- Se distinguen dos grupos:
- – A partir del 1 de enero de 2024, empresas grandes de interés público y entidades dominantes de grupos de interés público, de más de 500 trabajadores en los dos casos.
- – A partir del 1 de enero de 2025, el resto de empresas grandes y entidades dominantes de grupos grandes.
- – Pymes cotizadas ―a excepción de microempresas y pymes que coticen en mercados alternativos y de crecimiento―, aseguradoras cautivas que sean grandes, y entidades de crédito definidas como pequeñas y no complejas. A partir del 1 de enero de 2026.
- – Las filiales y las sucursales españolas de empresas de terceros países que tingan un volumen de negocio en el territorio de la UE superior a 150 M€ tendrán que presentar esta información a partir del 1 de enero de 2028.
El proyecto de ley es un avance en términos de transparencia empresarial y responsabilidad social de las empresas, y establece un marco consistente para entender cómo los factores sociales y ambientales tienen un impacto en las empresas, y cómo la actividad de las empresas tiene impactos en la sociedad y el medio ambiente.
¿Cómo podemos ayudarte en materia de CSRD?
Dentro de las exigencias de la nueva normativa, en inèdit:
- – Hemos ampliado la capacidad de cálculo de la herramienta èdit para que las empresas puedan calcular autónomamente algunos de los indicadores ambientales de sostenibilidad;
- – Ofrecemos a las empresas un estudio de doble materialidad para que activen su estrategia corporativa de sostenibilidad;
- – Ayudamos a las empresas a identificar y completar los indicadores ―data points― de los estándares «ESRS E1 Climate change» y «ESRS E5 Resource use and circular economy».
La información que tendrá que incluir el informe de sostenibilidad
El informe de sostenibilidad deberá incluir información relativa a los impactos ambientales generados por la empresa, así como la información necesaria para comprender cómo afectan los factores ambientales, sociales y relativos a los derechos humanos y la gobernanza a la evolución, los resultados y la situación de la empresa o grupo. El proyecto de Ley establece, además, que la elaboración del informe deberá hacerse conforme a un marco único de presentación para todas las empresas europeas, y obliga a presentarlo en un formato electrónico único para que la información de las empresas sea comparable a nivel europeo.
Por otra parte, la verificación independiente del informe sobre sostenibilidad que ya realizan las empresas españolas por exigencia de la ley vigente ahora se regula de forma análoga a la auditoría de los estados financieros.