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RD 214/2025: El MITECO concreta quién deberá calcular la huella de carbono y qué emisiones se deberán considerar

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado una nota aclaratoria sobre la aplicación del artículo 11 del Real Decreto 214/2025, que establece la obligación de calcular anualmente la huella de carbono y elaborar un plan de reducción de emisiones.

Según esta nota, están obligadas a calcular la huella de carbono las empresas con más de 250 trabajadores que, además, cumplan una de las dos condiciones siguientes:

Según esta nota, el cálculo de la huella de carbono será obligatorio para las emisiones de alcance 1 y 2, mientras que incluir las de alcance 3 —relacionadas con la cadena de valor— será de carácter voluntario.

Además, las empresas deberán disponer de un plan de reducción de emisiones con objetivos cuantificados a cinco años vista, alineados con el Acuerdo de París y el objetivo de neutralidad climática en 2050.

Esta información será de acceso público y deberá publicarse en la web corporativa de las empresas afectadas.

Crédito de la foto principal: Luis García, licencia CC BY-SA 3.0 es